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Título:
Descripción:
Devolución o cancelación de la garantía.
Texto Completo (Markdown):
Dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, la Dirección facultativa, a instancia de la persona responsable del contrato o de la persona contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si este fuera favorable, la persona contratista quedará relevada de toda responsabilidad y se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, la liquidación del contrato y en su caso el pago de las obligaciones pendientes. Si el informe no fuese favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso durante el plazo de garantía, se dictaran las instrucciones oportunas a la persona contratista para su reparación, concediéndole un plazo para ello, durante el cual continuará encargada de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por la ampliación del plazo de garantía. No podrá solicitarse la cancelación o devolución parcial de la garantía en el supuesto de recepción parcial.
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