Modificar Cláusula
Título:
Descripción:
Régimen jurídico del contrato.
Texto Completo (Markdown):
El contrato a que se refiere el presente pliego es de **naturaleza administrativa** y se regirá por la **Ley 9/2017, de 8 de noviembre**, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre de 2017)(en adelante LCSP), el **Real Decreto 817/2009**, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el **Real Decreto 1098/2001**, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP); con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas, sus anexos, así como todos los documentos del proyecto cuyas obras son objeto de licitación, tendrán **carácter contractual**. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. En caso de **discordancia** entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, se atenderá al orden de prelación que se fije en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que forma parte del proyecto, y en el caso de que no estuviera fijado en el mismo, el orden de prelación será el indicado por la Dirección Facultativa, que determinará, con las limitaciones establecidas en la cláusula 48, el documento que en cada caso deba prevalecer. Queda **prohibida** toda negociación de los términos del contrato con las personas licitadoras. En caso de **discordancia** entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El **desconocimiento** del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
Orden:
Categorías:
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abierto simplificado
abierto simplificado abreviado
Negociado
obras
Servicios
Suministros
Concesión de servicios
Concesión de obras
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solvencia
clasificación
Clasificación y solvencia
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No prorroga
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