Modificar Cláusula
Título:
Descripción:
Programa de trabajo.
Texto Completo (Markdown):
La persona contratista estará obligada a presentar a la Administración un programa de trabajo en el plazo de **diez días**, contados desde la formalización del contrato. En el programa de trabajo se incluirán los datos exigidos en el artículo 144.3 del RGLCAP, debiendo en todo caso ajustarse a los plazos establecidos en el proyecto. La Administración resolverá sobre el programa de trabajo en el plazo máximo de los **5 días** siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. La Administración podrá acordar no dar curso a las certificaciones de obra hasta que la persona contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin que ello pueda originar derecho al cobro de intereses de demora por retraso en el pago de dichas certificaciones.
Orden:
Categorías:
Abierto
abierto simplificado
abierto simplificado abreviado
Negociado
obras
Servicios
Suministros
Concesión de servicios
Concesión de obras
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Dos sobres
Tres sobres
solvencia
clasificación
Clasificación y solvencia
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No gastos
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No prorroga
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